La fusión de municipios: ¿una reforma inaplazable?

Un estudio de octubre del año pasado de la Fundación Progreso y Democracia calculó que la fusión de municipios españoles podría implicar un ahorro potencial de hasta 16.142 millones de euros. Éste debería ser uno de los temas centrales de estas próximas elecciones municipales del 22 de mayo. Sobre todo cuando sobre nuestro país se cierne la soga de la deuda y para escapar de ella esta impelido a realizar las grandes reformas estructurales que ha ido retrasando durante los últimos decenios. España tiene 8.112 municipios de los cuales más de 5.500 tienen menos de 2.000 habitantes, para una población de unos 47 millones. Este elevadísmo número de muncipios no es la regla en otros países europeos, sino una excepción.

La organización provincial y municipal de España tiene su origen en el primer tercio del siglo XIX. La Constitución Española, aprobada por las Cortes de Cádiz, en su artículo 310 preveía la creación de ayuntamientos en los pueblos en los que no los hubiere y resultase conveniente su existencia, siendo obligatorio en los de más de 1000 habitantes. Posteriores leyes consolidaron esta tendencia fijando en 100 personas el número mínimo para constituir un municipio. Seguidamente se creó la provincia en 1833 con el decreto de Javier Burgos y se instituyeron las diputaciones provinciales. Esta organización territorial pervive en pleno siglo XXI, a pesar de los grandes cambios que en esa organización ha tenido el Estado, como consecuencia de la creación de las comunidades autónomas por la Constitución española de 1978.

Nuestro modelo municipal quizás respondía adecuadamente a las necesidades de un país con una economía prevalentemente agrícola, pero no a los requerimientos de una sociedad moderna donde prima la movilidad de los ciudadanos y la prestación de servicios de calidad. Ya que es difícil, por no decir imposible, prestar esos servicios en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes. En los cuales, su capacidad organizativa y financiera no permiten aplicar economías de escala, ni técnicas modernas de gestión para suministrar el agua, construir viales y comunicaciones con otras poblaciones, realizar el planeamiento urbanístico, etc.

La mayoría de los países europeos (el Reino Unido, Alemania, Bélgica, Suecia, etc.) afrontó estos problemas desde la segunda mitad del siglo XX. Para ello realizaron grandes procesos de reforma mediante la fusión de municipios o entidades semejantes, con los objetivos de procurar un mejor servicio a los ciudadanos, de reforzar su gobierno local y la responsabilidad política de sus gobernantes. Incluso Francia, que tiene una tradición de minifundismo municipal que proviene de la instauración de las comunas en su periodo revolucionario, está realizando en las dos últimas décadas reformas relevantes: hace muy poco aprobó la Ley 2010-1563 de 16 de diciembre de reforma de colectividades territoriales en la cual se prevé la elección directa de los Consejos Comunitarios de Comunas (una de las estructuras de concentración municipal) a partir de 2014.

Sin embargo, desde la promulgación de la Constitución, España ha seguido el camino contrario. De forma que entre 1996 y 2009, en lugar de concentrar, se han producido segregaciones municipales que han afectado a más de treinta municipios. Al tiempo que se han mantenido las Diputaciones Provinciales, a pesar de haber perdido gran parte de su sentido con la existencia de las comunidades autónomas, ya que les resta la función de servir a los municipios más chicos.

La fusión de municipios en España conllevaría la supresión de miles de concejalías (de los 48.733 concejales que hay en los 6.853 municipios de menos de 5.000 habitantes podría pasarse a 13.000 concejales, si se fusionaran en 1.000 municipios de 5.000 habitantes) con lo cual se reduciría el esperpento del localismo municipal en las elecciones locales, se limitaría el clientelismo y se reforzaría la responsabilidad política. Asimismo, se podría reducir la burocracia, mejorar la profesionalización de los empleados públicos, eliminar duplicidades y redundancias en esas administraciones y establecer un modelo de financiación local más homogéneo para todos ellos y menos dependiente del suelo. Al tiempo que se establecerían sinergias en la prestación de servicios.

Estas fusiones deberían impulsarse desde el Estado mediante su legislación básica, aunque luego las ejecutasen las comunidades autónomas, y tener carácter obligatorio, tras un periodo razonable para hacerlas de forma voluntaria. Igualmente habría que suprimir las diputaciones provinciales, que perderían su última razón de ser. Y habría que obligarse a hacerlas ya, antes de que desde Europa nos las impongan. Porque supondrían un importante ahorro a nuestras cuentas públicas. Como decíamos al inicio, según un estudio de la Fundación Progreso y Democracia, el ahorro potencial podría ir de 3.866 a 16.142 millones de euros, según se acordase que la población mínima de un municipio fuera de 5.000 o 20.000 habitantes; que sería mayor al sumar el ahorro por la supresión de las diputaciones.

Y no teman. Un ayuntamiento mayor, no implicará la desaparición de ningún pueblo. Pues no se trata de acabar con la patria chica de nadie, sino simplemente de fusionar sus gobiernos en beneficio de todos.


http://www.hayderecho.com/Articulo200.asp

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