Disposición 9953

Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

Impunidad de la administración, partidos políticos y sindicatos

En los supuestos previstos en este Código, las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su provecho, por sus representantes legales y administradores de hecho o de derecho.
art. 31 bis, punto 1
Las disposiciones relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas no serán aplicables al Estado, a las Administraciones Públicas territoriales e institucionales, a los Organismos Reguladores, las Agencias y Entidades Públicas Empresariales, a los partidos políticos y sindicatos
art. 31 bis, punto 5.

Conflictos armados

Han reformado los artículos 613 y 614 sobre saqueo y vandalismo en caso de conflicto armado, ¿Acaso esperan algún conflicto armado?

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